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EL CONCEPTO DE AUDITORIA PARCIAL EN PREVENCION DE RIESGOS LABORALES

La normativa define que las Auditorías del Sistema de Gestión en Prevención de Riesgos Laborales han de ser realizadas cada cuatro años, excepto cuando se realicen
actividades incluidas en el anexo I de este real decreto, en que el plazo será
de dos años. Estos plazos de revisión se ampliarán en dos años en los supuestos
en que la modalidad de organización preventiva de la empresa haya sido acordada
con la representación especializada de los trabajadores en la empresa. En todo
caso, deberá repetirse cuando así lo requiera la autoridad laboral, previo
informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y, en su caso, de los
órganos técnicos en materia preventiva de las comunidades autónomas, a la vista
de los datos de siniestralidad o de otras circunstancias que pongan de
manifiesto la necesidad de revisar los resultados de la última auditoría.

Pero el Art.33 bis del RD 39/97, prevee la posibilidad de realizar Auditorías Voluntarias. Literalmente, expone:
1. Sin perjuicio del cumplimiento de
lo dispuesto en este capítulo, las empresas podrán someter con carácter
voluntario su sistema de prevención al control de una auditoría o evaluación
externa para permitir la adopción de decisiones dirigidas a su perfeccionamiento
y mejora.
2. Las auditorías voluntarias podrán
realizarse en aquellos casos en que la auditoría externa no sea legalmente
exigible o, cuando siéndolo, se realicen con una mayor frecuencia o con un
alcance más amplio a los establecidos en este capítulo.

3. Las auditorías voluntarias del
sistema de prevención realizadas por las empresas que se ajusten a lo
establecido en los artículos 30, apartados 2, 3 y 5, 31, 31 bis, 32 y 33 de
este real decreto serán tenidas en cuenta en los programas a que se refiere el artículo 5.3 de
la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
.
Por ello, crear un sistema de gestión en prevención de riesgos laborales en el que las Auditorías Parciales Voluntarias sean parte del mismo y analicen de modo anual parte del sistema para que en el período máximo de cuatro años haber completado un análisis total, puede añadir al sistema de gestión:
  • Tensión: La presencia auditora y el someter al sistema, aunque sea de modo parcial, anualmente a una auditoría minimizará el riesgo de que el sistema caiga en la obsolescencia.
  • Actualización del Informe de Auditoría: La información que recoja el Informe de Auditoría dispondrá de mayor ajuste a la realidad de la empresa que si se realiza una Auditoría Completa cada cuatro años.