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La Auditoría Legal de PRL y el Plan de Movilidad Vial como parte del sistema “Bonus Malus”

El sistema de incentivos de la Seguridad Social conocido como Bonus Malus es ya muy conocido en el sector de la prevención de riesgos laborales y, en general, en el del asesoramiento empresarial en materia laboral.

Pero en la presente anualidad se ha publicado el RD 231/17 por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral que simplifica y modifica en parte el tratamiento de los incentivos Bonus Malus.

En principio, los requisitos para acceder a este incentivo se pueden esquematizar del siguiente modo (Art.2):

  1. La empresa debe haber cotizado un volumen de cuotas AT-EP 5.000 euros durante el período de observación o 250 euros en un período de observación de 4 ejercicios.
  2. El período de observación será un máximo de cuatro ejercicios que no hayan formado parte de una solicitud anterior (Art.5).
  3. Encontrarse, en el período de observación, por debajo de los límites que se establezcan respecto de los índices de siniestralidad general y extrema según el Anexo II del citado RD.
  4. Encontrarse al corriente de obligaciones en S.Social.
  5. No tener sanción firme grave o muy grave por prevención de riesgos laborales (PRL) o S.Social en el período de observación.
  6. Declaración responsable de cumplimiento en PRL.
  7. Informar a los Delegados de Prevención de la solicitud del incentivo y de los índices de siniestralidad del Anexo II.

En caso de cumplir con los requisitos expuestos, la cuantía del incentivo dispone de dos tramos:

  1. Si se cumple con los requisitos anteriores se dispondrá del 5% de las cuotas AT-EP correspondientes al período de observación (Art.3).
  2. Si existe inversión en determinadas acciones descritas en los apartados 6 y 7 del Anexo I del RD se reconocerá un incentivo de un 5% adicional con el límite máximo de la inversión realizada (Art.3).

El primer tramo se ha simplificado de manera notable con la publicación del citado RD 231/2017 y con respecto al segundo tramo se podrá recuperar la inversión realizada en determinadas acciones preventivas (Anexo I del RD).

Las acciones concretas previstas por el RD 231/2017 en el apartado 6 del Anexo I son:

  • Incorporación de recursos preventivos o ampliación de los existentes
  • Realización de Auditorías voluntarias PRL
  • Realización de Planes de Movilidad Vial
  • Inversión en elección de los equipos de trabajo o EPIS que mejoren las condiciones de seguridad y salud.

Por tanto se considera un muy adecuado momento para realizar Auditorías Voluntarias en PRL (solamente para empresas que no se encuentren obligadas por el RD 39/97 a someterse a Auditorías SGPRL o reduzcan el límite máximo temporal de realización) y/o el Plan de Movilidad Vial y, de este modo, tener en cuenta lo que dichas acciones pueden aportar a la gestión preventiva de nuestra empresa; aspectos como: 

En materia de Auditoría en prevención de riesgos laborales         

  • Aportará conocimiento a los recursos propios de la Empresa sobre el estado de la gestión preventiva.
  • Aportará caminos de mejora y solución de los aspectos optimizables detectados.
  • Jurídicamente, puede aportar seguridad y control a los responsables a todo nivel de la misma.
  • Desde un punto de vista de imagen, aportará mejora de la misma ante el cliente interno, externo y, sobre todo, ante la Administración.
  • Con el sistema Bonus Malus puede realizarse con cargo a las cotizaciones efectuadas de AT-EP.
  • Se tratará de un informe de carácter interno.

En materia de Plan de Movilidad Vial

  • Reducción de accidentes de tráfico
  • La empresa reducirá costes directos e indirectos ocasionados por los accidentes como:
    • Absentismo laboral
    • Coste de vehículos accidentados
    • Aumento de las primas de seguros
    • Días de baja pagados por la empresa
    • Sanciones económicas
    • Pérdidas de puntos
    • Días de trabajo perdidos por posibles lesiones
  • Los trabajadores al facilitarles, tanto el traslado al trabajo, como sus desplazamientos diarios, se sienten más protegidos y considerados por la empresa.
  • Optimización del tiempo de desplazamientos con el consiguiente ahorro económico.
  • Dar pasos hacia la Certificación en ISO 39001 sobre Sistema de Gestión en Seguridad Vial.
  • Con el sistema Bonus Malus puede realizarse con cargo a las cotizaciones efectuadas de AT-EP.
  • Aportará una mejora en la imagen de la empresa de manera interna y externa.